Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal (Senacsa) oficializó ajustes en los procedimientos del sistema SIGOR para la carga de altas y bajas de animales en los establecimientos agropecuarios, incorporando nuevos parámetros según el estrato de productores y contemplando un margen de hasta 5% de merma anual para quienes poseen más de 100 cabezas.
La actualización quedó establecida en la Resolución N° 60/26, vigente desde enero, que reemplaza a la anterior Resolución 1633 y forma parte de una revisión integral de los Procedimientos Operativos Estandarizados (POE) del organismo sanitario.
En entrevista con Valor Agregado por Radio Asunción 1250 AM, el director de Campo del Senacsa, Fulgencio Aquino, explicó que el objetivo es “ordenar el sistema, disminuir bloqueos innecesarios y adecuar los controles a la realidad productiva”, en un contexto donde varios productores, especialmente del Chaco, venían manifestando dificultades para declarar mortandades superiores a los parámetros anteriores.
La nueva normativa establece un esquema diferenciado según la cantidad de animales declarados por propietario:
– De 1 a 20 cabezas: no existe un control automático formal del sistema; el monitoreo será manual por parte del Senacsa. Si el productor supera las 20 cabezas, el sistema activa el control correspondiente.
– De 21 a 100 cabezas: el sistema permite una variación de hasta 30% por encima o por debajo del stock declarado. Por ejemplo, un productor con 100 animales podrá registrar entre 70 y 130 sin que se genere bloqueo automático.
– Más de 100 cabezas: se admite una variación de hasta 5% del stock total por propietario a lo largo del año.
Aquino señaló que en este último estrato “el 5% es un porcentaje bastante apreciable”, considerando que en condiciones normales la mortandad en establecimientos bien manejados ronda el 3% anual. “No es poco. Estamos hablando de tiempo de paz dentro del establecimiento”, afirmó.
El 5% de merma: margen anual por propietario
Para los establecimientos con más de 100 animales, el sistema calcula automáticamente un 5% de tolerancia sobre el stock declarado por el propietario.
En términos prácticos, un productor con 5.000 cabezas podrá declarar hasta 250 animales como merma dentro del sistema sin generar bloqueos automáticos. Este cálculo se realiza sobre el total anual y no está limitado a un período específico como el post destete o la vacunación.
“El sistema mira la merma en el año, por propietario, no por establecimiento”, aclaró Aquino, subrayando que el análisis contempla el movimiento integral del hato.
¿Qué ocurre si se supera el 5%?
En caso de que la mortandad o la diferencia de stock supere ese 5%, el productor deberá acercarse a la unidad zonal correspondiente.
Allí se elaborará una nota técnica y el jefe de unidad realizará una verificación in situ para constatar la situación, determinar la causa probable de la merma y documentar el caso. Si se encuentran animales muertos recientes, podrán tomarse muestras y dejar constancia formal.
El Director de Campo indicó que este procedimiento es clave también de cara a auditorías internacionales, que revisan tanto las mermas como los aumentos de stock dentro de un establecimiento.
Si el productor no logra justificar la desaparición de los animales que exceden el porcentaje permitido, el caso podría derivarse a la asesoría jurídica del servicio.
Casos excepcionales y factores climáticos
El Senacsa aclaró que los porcentajes establecidos responden a condiciones normales de producción. En situaciones extraordinarias, como sequías severas, inundaciones u otros eventos climáticos, se analizará cada caso de forma particular, siempre a través de la unidad zonal y con respaldo técnico.
La intención, según Aquino, es evitar bloqueos masivos y adaptar el sistema a la realidad productiva, especialmente en regiones extensivas como el Chaco, donde pueden darse pérdidas asociadas a clima, predadores o dificultades para el recuento en potreros de gran extensión.


