El Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas (Senave) informa que se encuentra vigente la Resolución N°1008/14, en la cual indican que las empresas de agroquímicos deberán pagar por el control de los productos importados.
Dicha resolución emitida a finales de noviembre establece montos a percibir por prestación de servicios relacionados al control de calidad de los productos fitosanitarios que ingresan al país, facultada por su propia ley de creación.
La firma Tecnomy S.A. había promovido un recurso de amparo para dejar sin efecto la citada resolución, imposibilitando el adecuado y riguroso cumplimiento de las funciones institucionales, como ser la de inspeccionar, verificar, extraer muestras y analizar mediante laboratorio los productos fitosanitarios (plaguicidas, fertilizantes, enmiendas y afines). La medida cautelar había sido resuelta favorablemente por el Juez Penal de Garantías Nº 10, Abogado Rubén Ayala Brun, mediante Providencia de fecha 16 de diciembre de 2014.
En consecuencia, el Senave recurrió al Tribunal de Apelaciones de Feria, el cual resolvió revocar la providencia del amparo, dejando firme la Resolución N° 1008/14.
El Senave, como institución de Estado, es el principal responsable de controlar los niveles de sanidad de los productos frutihortícolas, tanto los comercializados en el mercado interno como los exportados. Asimismo, ejerce el control de calidad sobre las semillas nativas y exóticas, al igual que sobre los granos de exportación e importación.
Fuente: ultima hora