De los 31 puntos que conforman la declaración del 25 de julio de 2009 debe subrayarse también el número seis, en primer lugar por la cercanía del 2023, año en que, 50 años después de la entrada en vigor del Tratado de Itaipú, según el numeral VI de su Anexo C, las Altas Partes Contratantes deben revisar sus disposiciones.
“Reconocieron la conveniencia de que la ANDE pueda, gradualmente, a la brevedad posible, comercializar, en el mercado brasileño, energía de Itaipú correspondiente a los derechos de adquisición del Paraguay. Con ese propósito, acordaron que las dos partes intercambiarán en los próximos 60 días propuestas específicas para la discusión en reuniones de un grupo de trabajo constituido por representantes de los respectivos ministerios del área de energía, de los directores generales de Itaipú, de representantes de la ELETROBRÁS y la ANDE y de las Cancillerías. El resultado de esas discusiones será reportado a los Presidentes en el plazo máximo de tres meses, a partir de la fecha de esta Declaración.
El presidente Lugo reiteró la reivindicación de que Paraguay pueda habilitarse asimismo a disponer gradualmente de energía de Itaipú para ofrecer a terceros mercados, con derecho de preferencia a Brasil. El presidente Lula da Silva, considerando el nuevo marco de cooperación entre los dos países, resaltó que Brasil y Paraguay deben trabajar juntos en la búsqueda de una efectiva integración energética regional que contemple inclusive la posibilidad de que Paraguay y Brasil puedan comercializar energía de Itaipú en terceros mercados a partir de 2023.
En ese sentido, considerarán recomendar una propuesta a sus respectivos congresos nacionales.
Nada de lo acordado en este artículo se cumplió.
Fuente: ABC